Medidas de prevención aplicables en la Comunidad Autónoma de Galicia

Medidas de prevención aplicables en la Comunidad Autónoma de Galicia


Real Decreto 65/2023, de 7 de febrero , por él que se modifica la obligatoriedad del uso de máscaras durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

https://www.boe.es/buscar/pdf/2023/BOE/BOE/BOE/BOE/BOE/BOE/BOE/BOE-A-2023-3292-consolidado.pdf?


USO DE La MÁSCARA:

La máscara será obligatoria en todo momento para las personas de seis o mas años en los siguientes supuestos:

En los centros y servicios sanitarios, así como en las oficinas de farmacia y boticas, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes, excepto las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.

En los centros sociosanitarios residenciales, los trabajadores y visitantes cuando estén en zonas compartidas.


EXCEPCIÓN:

Personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que se pueda ver agravada por el uso de la máscara o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitar la máscara, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. Asi mismo, cuando la propia naturaleza de la actividad resulte incompatible con el uso de la máscara.